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🚨 #EstadoDeAlarma | ¿Qué negocios pueden seguir abiertos después de las 18:00 en Andalucía?


Fotografía: Lourdes De Vicente


Las nuevas medidas anunciadas por el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, el pasado domingo, entran hoy en vigor. Entre ellas, el Ejecutivo ha decretado el cierre perimetral de todos los municipios andaluces y la ampliación del toque de queda de 22:00 a 07:00 en toda la comunidad.


Desde este martes, también deberán cerrar sus puertas a partir de las 18:00 horas todas aquellas actividades que se consideren no esenciales, a excepción de la provincia de Granada, donde este tipo de establecimientos deberán permanecer cerrados durante todo el día. Esta mañana, la Consejería de Salud y Familias ha publicado un listado en el que diferencia qué tipo de negocios y actividades están exentos de esta restricción y podrán permanecer abiertos:

ESTABLECIMIENTOS/ACTIVIDADES QUE NO CIERRAN A LAS 18:00H

  • La actividad industrial.

  • Comercio mayorista, incluido el transporte de mercancía.

  • Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.

  • Los servicios profesionales (despachos de abogados, procuradores, notaría, consultoría, auditoría, servicios de telefonía, consulta de psicología, estudios de arquitectura, etc.).

  • Empleados públicos.

  • Empleados de hogar.

  • Los centros o clínicas veterinarias.

  • Gasolineras.

  • Alquiler de vehículos y las ITV.

  • Los servicios de entrega a domicilio (incluidos la entrega de comida a domicilio).

  • Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.

  • Los velatorios.

  • Los centros y servicios para la ejecución de las medidas judiciales y servicios de mediación penal de menores, así como los puntos de encuentro familiar.

  • Servicios de urgencias.

  • Centros de investigación.

Establecimientos de régimen horario especial:

  • Áreas de servicio en carreteras.

  • Establecimientos ubicados en aeropuertos y estaciones para usuarios.

  • Establecimientos ubicados en hospitales, tanatorios y centros sanitarios.

  • Establecimientos ubicados en lonjas, mercados y similares para servicio a trabajadores.

  • NO se incluyen dentro de estas excepciones (y, por tanto, deben cerrar a las 18:00h), por ejemplo: los estancos, peluquerías y clínicas de cuidado estético.

ESTABLECIMIENTOS/ACTIVIDADES QUE NO SE CIERRAN EN EL ÁMBITO SANITARIO Y SOCIOSANITARIO

  • Los servicios sociales y sociosanitarios.

  • Los centros, servicios y establecimientos sanitarios (incluye todas las especialidades médicas, farmacias, parafarmacias, clínicas ópticas, ortopedias, etc).

  • Centros de Atención Infantil Temprana y Centros de tratamiento ambulatorio.


BARES Y RESTAURANTES QUE NO CIERRAN A LAS 18:00H

  • Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico, para uso exclusivo de sus clientes.

  • Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.

  • Otros servicios de restauración de centros de formación y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.

  • Los servicios de restauración y expendedores de comida preparada de gasolineras y centros de carga o descarga.

PRÁCTICA DEPORTIVA PERMITIDA DE 18:00H A 22:00H

  • La práctica del deporte federado, rigiéndose por sus protocolos respectivos, en espacios deportivos cubiertos y al aire libre en categoría de edad desde los 16 años hasta la categoría absoluta.

  • Los centros deportivos para la realización de actividad física que sean al aire libre para el deporte no federado, siempre que no se trate de deportes de contacto y para deportistas desde los 16 años.

ACTIVIDAD EDUCATIVA PERMITIDA DE 18:00H A 22:00H

  • Los centros educativos y actividad universitaria, pero solo las enseñanzas prácticas y la actividad investigadora. El resto de docencia universitaria se impartirá de manera online.

  • Incluye todo tipo de docencia, como aula matinal, centros de formación profesional, centros de educación permanente para adultos, conservatorios, autoescuelas, academias de formación y catequesis.

  • Incluye también el transporte escolar.

Estas medidas tienen un carácter de aplicación inmediato desde este martes d0 de noviembre y se extenderán, al menos, hasta el próximo lunes 23, aunque el presidente Moreno no descarta ampliarlas si es necesario. “Es una decisión dura y difícil, pero hay que aplicarla para intentar evitar el colapso de los servicios sanitarios”, afirmó Moreno durante la rueda de prensa.


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