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Foto del escritorMaría Jaén Huete

🚘 #Economía | ¿ITV caducada? Te damos recomendaciones sobre cuando conviene pasarla

La aplicación de la fórmula establecida por el Ministerio de Industria en la Orden SND/413/2020, publicada en el BOE el pasado mes de Mayo, por la que se estableció un plazo extraordinario de prórroga para pasar la ITV de los vehículos a los que les ha caducado la ITV durante estos meses no deja de deparar resultados sorprendentes, que confirman la precipitación a juicio de FENADISMER con la que se aprobó la medida y los efectos perversos que ocasiona, especialmente en el sector del transporte en todos sus subsectores.



Para saber cuándo te conviene mejor pasar la ITV, la Fenadismer Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España declara que hay que distinguir en primer lugar si la revisión te correspondía hacerla antes del 20 de Junio o posteriormente. Si tu vehículo está en el primer caso estás de enhorabuena, ya que la Orden te concede una prórroga muy generosa para pasarla, que en función de la fecha en que caducaba tienes de plazo hasta el 1 de Marzo de 2021 para pasarla. Si por el contrario, te caduca después del 21 de Junio, pues estás en la peor de las circunstancias, ya que ni Industria ha previsto prorroga alguna para esos casos y en muchas provincias no conseguirás cita previa en la ITV hasta Septiembre, así que está claro que cuando pasaste la ITV la última vez no fue tu día de suerte y elegiste mal la fecha, así que te toca fastidiarte y dejar el vehículo parado salvo que quieras ser sancionado y que el seguro no te cubra en caso de accidente.

Por contra, los afortunados cuyo vehículo caducó justo antes del 20 de Junio están de enhorabuena ya que Industria les ha agraciado con unos generosos plazos para pasar la ITV, pero atención que el regalo tiene trampa y hay que actuar para no caer en ella.


¿Cómo poder evitar esta trampa? Muy sencillo, la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España señala que basta con agotar los plazos límites establecidos por el Ministerio de Industria de tal forma que la primera y la segunda ITV se solapan e incluso se produce el efecto absurdo de que la primera ITV a pasar sería posterior a la siguiente, lo que le ocurre a todos los vehículos de los anteriormente citados que les hubiera caducado con posterioridad al 25 de Abril. Con un sencillo ejemplo bastará para entender lo aberrante de la norma: para un vehículo que le hubiera vencido la ITV, por ejemplo el 30 de mayo: el transportista deberá pasar la primera revisión antes del 15 de Enero del próximo año, y la segunda casi dos meses antes, en concreto el 30 de Noviembre.

FENADISMER sigue insistiendo en la precipitación con que el Ministerio de Industria actuó se en la aprobación de la Orden Ministerial, sin establecer un trato prioritario para el sector del transporte por carretera y sin esperar a la finalización del estado de alarma ante la previsible situación de caos y colapso que de hecho se está produciendo en una buena parte de las Estaciones de ITV en toda España, por lo que confía que en los próximos días resuelva esta insostenible situación, que evite que miles de vehículos tanto particulares como profesionales puedan quedar paralizados en las próximas semanas por una causa ajena a su voluntad ante una falta de previsión por parte de las Administraciones Públicas.


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