Repercutir de manera expresa en el cliente los costes de las medidas de prevención ante el coronavirus es una práctica abusiva. La Dirección General de Consumo de la Junta ha recordado a las empresas que esta práctica puede ser origen de un expediente sancionador después de haberse producido las primeras reclamaciones de usuarios. Ni siquiera la advertencia previa al cliente de este sobrecargo permite a las empresas aplicarlo. En ninguna factura, por tanto, podrá aparecer de manera expresa y desglosada un apartado de medidas de prevención sanitaria, al considerar el organismo perteneciente a la Consejería de Salud que no se trata de un extra que el cliente pueda aceptar o rechazar, sino que la actual normativa lo convierte en parte sustancial del servicio que presta la empresa. La norma, no obstante, no contempla que las empresas suban de manera global sus precios para acabar revirtiendo igualmente los costes en los clientes.
Desde Consumo se advierte que cualquier usuario podrá negarse a pagar la tasa anticovid y proceder a la denuncia ante los servicios provinciales o municipales de consumo y ante la propia dirección general a través del teléfono 900 21 50 80, el correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, la página web www.consumoresponde.es o los perfiles de Consumo Responde en Twitter y Facebook.
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